NOVEDADES | 07/09/2023
Ante las dudas generadas por la implementación del Decreto 438/2023 que establece una ASIGNACION ESPECIAL NO REMUNERATIVA de $ 60.000,00, pagadera en dos cuotas de $ 30.000,00, la primera de ellas con los haberes de Agosto, con un plazo máximo que llega al 21 de septiembre de 2023 y la segunda con los haberes de septiembre de 2023.
La Comisión Directiva pone en conocimiento de sus afiliados que la misma deberá ser abonada de acuerdo a lo determinado en dicho decreto con excepción del personal comprendido en el CCT 653/12, ya que en este caso se acordó un incremento de haberes para el mes de agosto que incluye el decreto, ya que lo acordado supera lo dictaminado por el gobierno.
En resumen PERSONAL COMPRENDIDO EN:
# CCT 458/06 SOCIEDAD ARGENTINA DE PAISAJISTAS DEBEN PERCIBIR LA ASIGNACION ESPECIAL.
# CCT 460/06 ASOCIACION ARGENTINA DE VIVERISTAS Y FLORICULTORES DEBEN PERCIBIR LA ASIGNACION ESPECIAL.
# CCT 653/12 ESTA BONIFICACION ESTÁ COMPRENDIDA EN EL AUMENTO ACORDADO YA QUE SUPERA EL MONTO DE LA MISMA.
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